Obligation BBVA Banco 2.5% ( ES0214974026 ) en EUR

Société émettrice BBVA Banco
Prix sur le marché refresh price now   100 %  ⇌ 
Pays  Espagne
Code ISIN  ES0214974026 ( en EUR )
Coupon 2.5% par an ( paiement annuel )
Echéance Perpétuelle



Prospectus brochure de l'obligation BBVA ES0214974026 en EUR 2.5%, échéance Perpétuelle


Montant Minimal /
Montant de l'émission /
Prochain Coupon 03/06/2025 ( Dans 25 jours )
Description détaillée BBVA est une banque multinationale espagnole offrant une large gamme de services financiers, notamment la banque de détail, la gestion d'actifs et l'investissement bancaire, opérant principalement en Espagne, en Amérique latine et aux États-Unis.

L'obligation perpétuelle ES0214974026 émise par BBVA en Espagne, affichant un prix de marché actuel de 100% de sa valeur nominale en EUR, offre un taux d'intérêt de 2,5% avec une fréquence de paiement annuelle.






















CAIXA D'ESTALVIS DE TERRASSA

2a.EMISIÓN DEUDA SUBORDINADA DE CAIXA D'ESTALVIS DE TERRASSA

FOLLETO DE EMISION







INDICE






CAPITULO I ­ RESPONSABILIDAD DEL FOLLETO
Pág. 3



CAPITULO II ­ INFORMACION SOBRE TITULOS
Pág. 4



CAPITULO III ­ INFORMACION SOBRE EL EMISOR
Pág. 17



CAPITULO IV ­ INFORMACION SOBRE LA ACTIVIDAD


DEL EMISOR

Pág. 25



CAPITULO V ­ INFORMACION SOBRE LA SITUACION


ECONOMICA Y FINANCIERA DE LA ENTIDAD Pág.


40



CAPITULO VI - REPRESENTACION, GESTION Y CONTROL
Pág. 50


CAPITULO VII - EVOLUCION RECIENTE Y PERSPECTIVAS
Pág. 52



ANEXOS E INFORME AUDITORIA 1989
Pág. 61
















CAPITULO I ­ RESPONSABILIDAD DEL FOLLETO


1.1.- Personas que asumen la responsabilidad del folleto:



Asume la responsabilidad del contenido del presente folleto
Don Enric Mata Tarragó, Director General de la Caixa d'Estalvis
de Terrassa con domicilio social en Terrassa, código postal
08221, calle Portal Nou núm. 37 y N.I.F. G08169781, declarando
que los datos e informaciones en él contenidos son verídicos y
no existen omisiones que puedan alterar la apreciación pública
de la entidad emisora, de la operación financiera, de los títulos y
de su negociación.





1.2 -
Auditoría de cuentas:



Los estados económico-financieros correspondientes a los
ejercicios 1.987 y 1.988 han sido verificados por la Comisión
Revisora de Balances, nombrada por la Asamblea General. El
estado correspondiente al año 1989 está pendiente de revisión
por la Asamblea General que tiene prevista su reunión el día 28
de Junio de 1.990.


Las funciones de Censura de Cuentas fueron ejercitadas por:



D. Francesc Agusi Llinares y por D. Jaume Vernet Seguer.


Asimismo, los propios estados económico-financieros
correspondientes a los años 1.987, 1.988 y 1.989 que aparecen
en este folleto han sido auditados por la firma Arthur Andersen
y Cía. S.R.C. Se incluye como Anexo el informe completo de la
Auditoría correspondiente al año 1.989 que todavía está
pendiente de revisión por parte de la Asamblea General.



Se incluyen en el folleto como último balance y cuenta de
resultados los correspondientes al 31 de Marzo de 1.990.


1.3.- Incorporación a los registros de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores:



"La incorporación a los registros de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores de los informes de auditoría de cuentas y
de los folletos informativos solo implicará el reconocimiento de
que aquellos contienen toda la información requerida por las
normas que fijen su contenido y en ningún caso determinará
responsabilidad de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores por la falta de veracidad de la información en ellos
contenida".






CAPITULO II ­ INFORMACION SOBRE LOS VALORES DE RENTA
FIJA QUE SE EMITEN



2.1.-Motivo del folleto:



La causa de este folleto es la de proceder a la emisión de títulos
de Deuda Subordinada de acuerdo con lo dispuesto por la Ley
13/1.985, de 25 de Mayo, y el R.D. 1370/1685, de 1 de Agosto
que la desarrolla por un importe nominal de MIL MILLONES en
10.000 títulos al portador de 100.000 pesetas cada uno de ellos
numerados correlativamente del 1 al 10.000.

2.2.-
Acuerdos
y
requisitos:


2.2.1.-
Acuerdos: La presente emisión de Deuda Subordinada
se realizará en virtud de los siguientes acuerdos:

a) De la Asamblea General de la Entidad celebrada el
día

29 de Junio de 1.988 en su acuerdo que,
traducido del catalán, es del tenor literal siguiente:

"Facultar genérica y ampliamente al Consejo de
Administración para que en adelante pueda emitir
Deuda Subordinada y Cuotas participativas o cualquier
otro tipo de financiación que incremente los Recursos
Propios de la Entidad, cumpliendo con los requisitos y
límites exigidos por la Ley y las autoridades
competentes, y facultándolo para ejecutar el acuerdo y
actuar en general con la máxima amplitud de
facultades, incluso de decisión, delegación y firma en
todo lo relacionado con las emisiones, su
mantenimiento y la amortización de los
correspondientes títulos, todo siempre de acuerdo con
las prescripciones legales.

b) Del Consejo de Administración de la Entidad en su
reunión del día 27 de Marzo de 1.990 en el que se
adoptó el siguiente acuerdo que, traducido del
catalán, es del tenor literal siguiente:

"Hacer uso de la autorización concedida por la
Asamblea General, celebrada el día 28 de Junio de
1.988. En consecuencia decide y aprueba la Segunda
Emisión de Deuda Subordinada junio/1990...."



c) Del Banco de España que, según su escrito del 22 de
Mayo de 1.990 emitió el preceptivo informe
vinculante.

d) La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha
verificado e inscrito el presente folleto en el Registro
Oficial correspondiente, según su escrito de fecha 31
de Mayo de 1.990.

La fecha de emisión, que coincidirá con la apertura
del período de suscripción, será el día 30 de Junio de
1.990.

e) La escritura pública de la emisión y su inscripción en el
Registro Mercantil se realizará en los plazos
legalmente establecidos, fijándose como fecha
máxima la del 30 de Junio de 1.990.

f) Se designa como Comisario Provisional del Sindicato
de Obligacionistas a Don José Majó Cros, con
domicilio en Rubí, calle Torres Oriol número 7.


2.2.2.- Insolvencia: La Entidad emisora declara no estar incursa
en situación de insolvencia alguna y estar al corriente de
todos sus pagos de intereses y amortizaciones de
empréstitos.

2.2.3. ­ Títulos: Los títulos son al portador, de libre transmisión,
por cualquiera de los medios admitidos en derecho. Los
títulos podrán agruparse en títulos múltiples variables,
comprometiéndose la Caja a facilitar los títulos de cien mil
pesetas comprensivos del título múltiple.


En el caso de que la Entidad emisora lo solicitase, la
negociación bursátil de estos títulos se realizará de acuerdo
con los requisitos propios de la operativa bursátil.

2.2.4.- Cotización: La Entidad emisora no solicitará, en
principio, la admisión a cotización oficial en la Bolsa de
Valores de Barcelona, reservándose, no obstante, esta
posibilidad en el caso que durante la vida de la emisión se
considere conveniente.


En el caso de que se solicite la admisión de los títulos a
cotización oficial, la Entidad emisora aceptará aquellos
requisitos adicionales que pudiera establecer la Sociedad
Rectora de la Bolsa destinataria de la admisión y, en
concreto, los referidos a la obligatoriedad de proporcionar
a dicha Sociedad Rectora y a la Comisión Nacional del
Mercado de Valores información económica y financiera
periódica y otras informaciones relevantes exigibles (o que
puedan establecerse) por la normativa en vigor.






2.3.- Características de la emisión:

2.3.1.- Importe: El importe de la emisión es de MIL MILLONES
de Pesetas, representados por 10.000 títulos al portador de
100.000 Pesetas nominales cada uno numerados
correlativamente del 1 al 10.000.

2.3.2.- Interés: Para el primer año el tipo de interés nominal
será del 11 por 100 anual, pagadero por trimestres
vencidos.


A partir del segundo año, contado desde la fecha de
emisión, el tipo de interés nominal de la emisión será
variable indiciado y se formalizará y revisará anualmente a
partir del cupón correspondiente al mes de Junio de cada
año. El tipo de interés de cada año será el equivalente al
resultado de añadir 1 punto al tipo pasivo de referencia de
las Cajas de Ahorros publicado en el Boletín Oficial del
estado y/o en el Boletín de Cotización Oficial de la Bolsa de
Madrid por la Confederación Española de Cajas de Ahorros
correspondiente al mes de Abril inmediato anterior a la
revisión y que se corresponden con los tipos de interés
aplicados para operaciones a plazo entre uno y dos años
por el conjunto de Cajas de Ahorros redondeado, en su
caso, en cifras múltiples de 1/4 de punto y sin que exista
un tipo de interés máximo o mínimo predeterminado. La
cifra inferior a 1/8 de punto se redondeará por defecto y la
igual o superior por exceso.


Interés nominal substitutivo:


En el supuesto de ausencia, o imposibilidad de aplicación,
del tipo de referencia anterior se formalizará y revisará el
tipo de interés nominal de la emisión a partir del cupón
correspondiente al mes de junio de cada año, por el que
resulte de restar tres puntos al tipo activo de referencia de
las Cajas de Ahorros, publicado por la misma
Confederación Española de Cajas de Ahorros y
correspondiente al mes de abril inmediato anterior a la
revisión, redondeado, en su caso, en cifras múltiples de 1/4
de punto sin que exista un tipo de interés máximo o
mínimo predeterminado. La cifra inferior a 1/8 de punto se
redondeará por defecto y la igual o superior por excesd.


Publicidad del tipo de interés a revisar:


El tipo resultante se publicará por la Caja en el Boletín
Oficial del Registro Mercantil con 15 días de antelación a su
aplicación efectiva, para conocimiento de los suscriptores o
tenedores de los títulos.




Evolución del tipo de interés de referencia:


La evolución del tipo de referencia publicado por la
Confederación Española de Cajas de Ahorros durante los
años 1.989 y 1.990 ha sido la siguiente:

1.989
1.990



Enero 8,500 9,250
Febrero 8,625 9,250
Marzo 8,625 9,375
Abril 8,750
Pte.publicar
Mayo 8,625 --
Junio 8,750 --
Julio 8,875 --
Agosto 8,875
--
Septiembre 8,875
--
Octubre 8,875
--
Noviembre 9,000
--
Diciembre
9,000
--



2.3.3.- Precio emisión: El precio de emisión es a la par, esto es,
CIEN MIL Pesetas por título, y libre de gastos e impuestos
para el suscriptor.

2.3.4.- Precio reembolso: El reembolso se efectuará a la par, por
el valor nominal de los títulos y libre de gastos e impuestos
para su tenedor, a la finalización del empréstito.

2.3.5.- Régimen Fiscal:


La Deuda Subordinada de la presente emisión está sujeta al
régimen fiscal general y en concreto tiene el siguiente
tratamiento:

a) Retenciones en la fuente: Los rendimientos de los títulos
sufrirán la retención a cuenta vigente en el momento de
su pago, pudiendo deducirse las cantidades retenidas
de las cuotas de los Impuestos sobre la Renta de las
Personas Físicas o de Sociedades, según los casos. El
tipo de retención vigente en el momento de la emisión
es del 25 por 100.

b) La emisión, transmisión, cancelación y el reembolso de
los títulos de Deuda Subordinada están exentos del
Impuesto General sobre Transmisiones Patrimoniales.

c) Régimen Financiero de la emisión:: En el caso de que la
Entidad emisora solicite la admisión de los títulos a
cotización oficial, los títulos serán admitidos en las
mismas condiciones que los demás valores cotizados en
Bolsa, y podrán servir para la constitución de reservas
especiales de las empresas mercantiles y en particular:







c.1) Inversión en las reservas técnicas de las Entidades
de Seguros y de Capitalización y de Ahorro.


c.2) Inversión de los recursos de las Sociedades y
Fondos de Inversión Mobiliaria.


c.3) inversión en los fondos de reserva de las Entidades
de la Seguridad Social.

2.3.6. ­Interés efectivo previsto para el tomador:

a) Interés nominal, sin tener en cuenta la retención en la
fuente:

primer año de emisión: 11,-- %.
-
a partir del segundo año: variable e indiciado (a
-
efectos de cálculo se supone que se mantendrá el
tipo de interés nominal del 11,-- %).


b) Interés efectivo, sin retención en la fuente y teniendo
en cuenta el fraccionamiento trimestral de intereses:

(1 + 0,11/4) 4 ­ 1 = 1,114621 ­ 1 = 11,46%

c) Interés neto nominal, deducido el actual 25% en
concepto de retención en la fuente sobre rendimiento
de capital mobiliario y sin considerar su devolución:

11 ­ (0,25 x 11) = 8,25%

d) Interés neto efectivo teniendo en cuenta, además, el
fraccionamiento trimestral de intereses:

(1 + 0,0825/4) 4 ­ 1 = 1,085087 ­ 1 = 8,50%

e) Interés efectivo neto, teniendo en cuenta que en la
actualidad la deducción es del 25% en concepto de
retención en la fuente sobre el rendimiento del capital
mobiliario a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas o de Sociedades, y se recupera por el
tomador al efectuar la liquidación de dichos
impuestos:



El método empleado ha sido el de la Tasa Interna de
Rentabilidad, cuya fórmula sería:

n Ci
Io
=
SUM------------
i=1 i
(1+r)




siendo Io = Inversión neta realizada



Ci = Ingresos netos en el período


Hipótesis de suscripción de 1.000.000 Pesetas Nominales:
----------------------------------------------------------------------------------------------------------


Períodos
Desembolso
Interés Devolución
Amortización
Flujos
----------
---------------
-------- --------------
-----------------
-------
06-90 (1.000.000)
-
-
-
(1.000.000)
09-90 -
20.625
-
-
20.625
12-90 -
20.625
-
-
20.625
03-91 -
20.625
-
-
20.625
06-91 -
20.625
13.750 -
34.375
09-91 -
20.625
-
-
20.625
12-91 -
20.625
-
-
20.625
03-92 -
20.625
-
-
20.625
06-92 -
20.625
27.500 -
48.125
09-92 -
20.625
-
-
20.625
12-92 -
20.625
-
-
20.625
.....




06-2010 -
20.625
27.500
1.000.000
1.048.125
.....




06-2011 -
5
13.750
-
13.750
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Interés efectivo neto trimestral: 2,6885%

Interés efectivo neto anual: 11,1955%

f) Tasa de interés anual equivalente: El tipo de interés
del primer año de la deuda subordinada del 11 por
cien anual y su pago trimestral por partes iguales
determina que la tasa de interés anual equivalente
sea del 11,4621%.

I
T.A.E. = (1 + -----)n - 1
n






2.3.7.- Interés efectivo previsto para el emisor:






Previsión inicial de gastos de emisión
150.000
Verificación e Inscripción en la C.N.M.V.
350.000
Gastos notariales y Registro
700.000
Corretajes 2.500.000
Confección de Títulos y folletos
500.000
Impuestos y otros gastos
15.800.000
---------------

TOTAL 20.000.000

Supone, pues, que el coste para el emisor, de acuerdo con el
cálculo de la T.I.R. , es del 2,8131% trimestral, equivalente al
11,7363% efectivo anual, calculado con el mismo
procedimiento anterior de actualización.


2.3.8. ­ Fechas de pago de cupones y amortizaciones:

a) El pago de cupones se realiza por trimestres
vencidos los días 30 de Junio, 30 de Septiembre,
30 de Diciembre y 30 de Marzo de cada año a
razón de 2.062,50 pesetas líquidas por título en el
primer año, y el resto dependiendo del tipo de
interés a aplicar en función de la indicación
establecida y de las posibles modificaciones en
cuanto a la retención legal a realizar.

El primer cupón se pagará mediante abono directo
en la cuenta vinculada del suscriptor o
presentación del resguardo provisional entregado,
el día 30 de Septiembre de 1.990 siendo los
intereses proporcionales al número de días
transcurridos desde la fecha de suscripción
haciéndose efectivos al tipo bruto del 11 por cien
anual.

El cobro íntegro del cupón corresponderá a aquel
suscriptor que haya efectuado el desembolso el
día 30 de Junio de 1.990, para el resto de
suscriptores con desembolso posterior al día 30 de
Junio se aplicará la siguiente fórmula:


Capital x interés x días transcurridos (1)

Días del trimestre (2) x 4

(1) Diferencia de días entre el de desembolso y el
de pago del cupón.
(2) Días naturales del trimestre en el que se paga
el cupón proporcional.